Los ERTE en cifras
20 de mayo de 2020
Introducción

Tras decretar el estado de alarma el 14 de marzo ante la crisis de la COVID-19, una enfermedad que se reveló extremadamente contagiosa, las medidas de distanciamiento social y el confinamiento de la población provocaron el cierre forzoso de toda actividad no esencial y de las empresas españolas, a fin de reducir la tasa de infección de este coronavirus, en un escenario en el que la incertidumbre y los precedentes no ayudaban a contener la situación. Entonces, el Gobierno se vio en la necesidad de aplicar una serie de medidas que, ante el shock de oferta negativo que estaba experimentando la economía, tratasen de paliar los posibles efectos de este cierre forzoso del mercado laboral. Con el elevado nivel de desempleo que ya había en el país, la paralización de la actividad se convertía en la mayor amenaza en cuanto a destrucción de numerosos puestos de trabajo. Así, con un 14%[1], la economía española se presentaba como la segunda con la tasa de paro más alta de la Unión Europea[2], solo superada por la de Grecia. España se encontraba, por tanto, en la dura dicotomía de salvar vidas o el empleo. Una encrucijada en la que, evidentemente, se falló a favor de la asistencia sanitaria y la atención médica, pese a las pesimistas previsiones sobre las posibles consecuencias económicas de las medidas de contención de la pandemia.

Gráfica 1. Evolución de la tasa de desempleo (Primer trimestre de 2002 a primer trimestre de 2020)

Fuente: INE [1]

Para ponernos en contexto, es preciso reflejar la situación en la que se encontraba España y su mercado laboral antes de que el coronavirus asomase por el horizonte. Por ejemplo, el empleo juvenil presentaba los niveles más bajos de la Unión Europea, con una tasa de paro del 33%[3]. Es decir, la situación entre los menores de 25 años era aún peor que en la radiografía general, y estos jóvenes representaban un gran lastre para el mercado de trabajo, que no lograba dar salida a los egresados de las universidades, quienes, por tanto, debían conformarse con un empleo poco cualificado ante la falta de oportunidades.

Gráfica 2. Evolución de la tasa de desempleo entre menores de 25 años (Primer trimestre de 2002 a primer trimestre de 2020)

Fuente: INE

Como reflejan las estadísticas, el mercado laboral español resulta bastante complejo. Antes de la reforma del año 2012, la tasa promedio de paro, de acuerdo con la serie histórica, ascendía al 17%[4]. Su escasa flexibilidad, sumada a un escenario de crisis, estaba provocando una destrucción de puestos de trabajo imparable, la cual obligó al país a adoptar reformas estructurales, que contuviesen la desaparición de la capacidad productiva.
Tras la implantación de la reforma, numerosos estudios concluyeron que esta no generó empleo de mayor valor añadido, pues el introducir flexibilidad en el mercado laboral originó un enorme desplazamiento en la contratación indefinida, que se deslocalizaba a la temporal. Sin embargo, los estudios al respecto de BBVA Research señalaron que la flexibilidad que la reforma laboral aportaba al mercado de trabajo español, así como el pacto de moderación salarial de sindicatos y empresarios para el periodo 2012-2014, evitaron la pérdida, a largo plazo, de hasta 1,5 millones de empleos y un repunte de la tasa de paro de más de seis puntos[5]. Y es que, esa rigidez que presentaba anteriormente el mercado estaba generando una tasa de paro promedio, no solo excesivamente elevada, sino también estructural.

Gráfica 3. Evolución de la tasa de desempleo (Primer trimestre de 2002 a cuarto trimestre de 2013)

Fuente: INE

De este modo, la economía española comenzó a crear empleo, aunque este, como decíamos, fuera de menor calidad. Ese sacrificio resultaba, no obstante, necesario, teniendo en cuenta que la mejor tasa de paro de nuestra historia democrática se cifraba en un 7,9%[6]. Tras haber alcanzado un pico cercano al 23%[7], comenzó a descender progresivamente, hasta llegar a los niveles actuales.

Gráfica 4. Evolución de la tasa de desempleo (Primer trimestre de 2005 a cuarto trimestre de 2008)

Fuente: INE

En los últimos tiempos, se ha querido revertir uno de los pilares fundamentales de la reforma laboral, al intentar incrementar la rigidez del mercado de trabajo, lo que ha suscitado numerosas críticas en un contexto de clara tendencia de desaceleración de la economía, como indicó el Fondo Monetario Internacional (FMI). Una desaceleración que calificó de “sincronizada”[8] por afectar a un 90% de las economías globales. Un enfriamiento y un menor ritmo en la creación de empleo que España no se podía permitir ante el mencionado paro estructural que la aqueja y que, desde la óptica europea, nos deja en muy mal lugar.

Las peculiaridades del comportamiento de nuestro mercado laboral, reflejadas en la curva que muestra la ley de Okun, ponen en grave peligro a la economía española. Dicha ley se encarga de medir la relación entre el crecimiento y el empleo, y resulta muy útil estudiar su evolución a lo largo del tiempo y su comparación entre países, pues arroja conclusiones muy interesantes sobre el funcionamiento de los mercados de trabajo.

Así, el comportamiento de la economía española revela una mayor sensibilidad del empleo a las variaciones en el crecimiento económico. Es decir, cuando este sobrepasa el umbral del 0,3%, se comienza a crear empleo a un ritmo mayor, a causa de su elevada tasa de paro estructural. Y al revés: cuando España supera su umbral, el cual se encuentra en terreno negativo (-0,41%), nuestra economía, debido a una serie de factores que recoge el portal académico “Nada es Gratis”[9] (sobre todo, la alta tasa de temporalidad en la contratación), comienza a destruir empleo de forma más intensa que otras economías europeas.

Gráfica 5. Comparativa de la ley de Okun entre países (escala de España)

Fuente: Nada es gratis

Por ello, como recoge el mencionado estudio, la aversión al riesgo de las empresas españolas resulta más intensa que en otros países. Por otro lado, el tipo de negociaciones entre sindicatos y empleadores en el mercado laboral español facilita el ajuste de cantidades frente a posibles variaciones en los salarios y en las horas trabajadas. Por último, como decíamos, esta peculiaridad en el comportamiento se puede explicar por el amplio predominio de los empleos temporales (30% de las contrataciones) y a tiempo parcial en el mercado español tras la introducción de la reforma laboral, los cuales implican unos costes de despido muy bajos en comparación con los asociados a los empleos indefinidos.

Por esta razón, ante la crisis derivada del coronavirus, España se vio en la obligación de aplicar normas que facilitasen la adaptación de las empresas a la nueva coyuntura. Y es que, la antedicha peculiaridad de nuestra economía, en un escenario en el que la contracción interanual prevista se movía en una horquilla entre el 6% y el 18%[10], podía acabar en una gran destrucción de empleo. En este sentido, una respuesta ha llegado por la vía de los ERTE, que permiten la suspensión de los contratos y evita su extinción. Esta medida que introducía flexibilidad, compaginada con otras como la prohibición de los despidos, dada la aversión que mencionábamos anteriormente -recogida en los índices de confianza empresarial-, no ha impedido, a pesar de todo, la destrucción de más de 950.000 empleos entre los meses de marzo y abril[11].

Gráfica 6. Evolución de la tasa de desempleo (Primer trimestre de 2018 a primer trimestre 2020)

Fuente: INE
Los ERTE como medida de defensa del empleo

Tal como publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE)[12], con la paralización de la actividad económica y la clara coyuntura que se avecinaba en materia de destrucción de empleo, el Gobierno activó un plan de contingencia, compuesto por unas herramientas que proponían la flexibilización en los regímenes de contratación, entre ellas, los ERTE. Estos suponen una suspensión de contratos -que no extinción-, y hacen que el desempleo no compute hasta los tres meses desde la celebración de dicho acuerdo, con el objetivo de que, con ayudas estatales y una vez se contenga la pandemia, gran parte del empleo perdido por los efectos del confinamiento se pueda recuperar, evitando que la tasa de paro se incremente por encima de los elevados niveles que ya de partida presentaba.

Así, con los ERTE, y ante la posibilidad de una pérdida de capacidad productiva, se trataba de relajar la situación para un tejido productivo compuesto casi en su totalidad por empresas de pequeñas y medianas dimensiones (99,88%)[13], con una caja media muy limitada (57 días)[14], y una liquidez empresarial muy escasa en contraste con la de nuestros homólogos del bloque comunitario (3% del total de la liquidez europea)[15]. Así, todo ello ponía en grave peligro la supervivencia de unos empleos que, ante el shock y el confinamiento, se volvían insostenibles para el empresario. Una carga de costes fijos inviable ante una demanda paralizada por las medidas de distanciamiento social.

Por esta razón, el ERTE ofrece la posibilidad de que los negocios suspendan los contratos, de modo que la empresa afronte los gastos derivados de la cotización a la Seguridad Social, mientras que, por otro lado, el Estado se encarga de dotar al trabajador de una prestación por desempleo especial que, sin computar a su paro, permite que los niveles de renta suprimidos se compensen con ella. Esto ha motivado que, como publicaba el SEPE para el mes de abril, las prestaciones por desempleo se incrementaran un 207,15%, a la vez que la demanda de subsidios lo hacía en un 136,56%[16].

De esta forma, aquellas empresas afectadas por causas de fuerza mayor han solicitado acogerse a un ERTE para adaptar las plantillas a la nueva coyuntura. Un ajuste que, tal como está diseñado dicho mecanismo, puede articularse por la vía de la suspensión del contrato laboral o por la reducción de jornada. Esto ha aliviado al empresario de la carga que supone en costes fijos el coste laboral unitario por empleado, en un escenario de imposibilidad de generar ingresos ante la ausencia de actividad productiva.

Sin embargo, entre las medidas que recoge también dicho BOE, los ERTE han quedado supeditados a una prolongación del contrato para aquellas personas que se han acogido a ellos, por un periodo mínimo de seis meses. Una condición que se enfrenta a una severa aversión al riesgo por parte de los empresarios -tal y como indica el estudio ya citado en el que se alude a la ley de Okun. Esto ha provocado que muchas compañías, en lugar de recurrir a un ERTE, hayan procedido a extinguir los contratos, empezando por los temporales -por su menor coste- y acabando por los indefinidos. De esta forma, y como recoge el propio SEPE durante el mes de abril, la destrucción de empleos se cifró en más de 950.000.

Esta pérdida preocupa especialmente por la distribución que presenta en el desglose y por la incapacidad de recuperar determinados puestos que engrosarán nuestro desempleo estructural. Al margen de ello, se invalidó a los ERTE como una medida definitiva, teniendo por ello que compaginarse con otras que, por la tardanza en su aprobación por parte del Gobierno, hubieron de paliarse con el peor de los remedios para unos empresarios muy preocupados por la situación. Remedios que, como la prohibición de despedir, acabaron arrojando un efecto más negativo en la economía, por lo que hubo que rectificar su aplicación, a fin de relajar la tensa relación entre patronal, Gobierno y sindicatos.

El coste de las medidas

Tal y como recogen los datos oficiales, la cifra de empleados afectados por un ERTE asciende ya a los 3,4 millones de personas[17]. Una cuantía de parados que, en contraste con el número de parados oficial -el cual no recoge los ERTE, por no haberse excedido el plazo de tres meses-, iguala a la tasa de desempleo del país. Así, esta, de contabilizarse los trabajadores afectados por ERTE como parados, se situaría en más del 30%. No obstante, dado que la conversión de personas que van a pasar del ERTE al paro no es íntegra, la cantidad que, en este caso, prevé el Banco de España se sitúa en el 22%.

Gráfica 7. Trabajadores afectados por un ERTE por CC.AA.

Fuente: Elaboración propia a partir de Consejerías autonómicas de Trabajo

Es en este sentido donde se deben recalcar algunos aspectos que, por el momento, el Gobierno no ha incluido, como más de 600.000 personas afectadas por un ERTE que siguen sin reconocerse. De computarlas, el desempleo podría rondar el 35%, por lo que, con el objetivo de no desatar una histeria colectiva en el tejido empresarial y la opinión pública, han decidido que los ERTE se queden fuera de la contabilidad.

Si tomamos la prestación media que cobra un desempleado en España (852 euros) y la asignamos al conjunto de parados en el país, teniendo en cuenta el registro oficial, se obtiene un coste aproximado de 3.450 millones de euros. Si esta cuantía la proyectamos hasta llegar al número de afectados por ERTE que un gran número de economistas da por válido (4 millones), entonces, el coste podría ascender hasta los 4.600 millones de euros. Pero, con todo, no estaría todo dicho, pues debemos recordar que muchos de los parados que ahora se encuentran en situación de desempleo, al estar precisamente trabajando, recibirán una prestación mayor, incrementándose así su coste promedio; máxime en un escenario en el que, según se publicó, existe la posibilidad de percibir dicha prestación sin la necesidad de haber llegado al mínimo. En ese caso, la cuantía podría llegar hasta más de 5.000 millones de euros.

Con estos datos en la mano, el coste de los ERTE alcanzaría un valor relativo aproximado del 0,3% del PIB. Curiosamente, un montante similar al gasto que proyectaba la AIReF para el Ingreso Mínimo Vital (IMV)[18] que desea aplicarse. Un cargo que también queda reflejado en ese gasto mensual en prestaciones por desempleo, pues, como decíamos, nos hallamos ante un incremento de este gasto del 207,15%, y de las solicitudes, del 136,56%. Y no estamos hablando de un coste único, sino de un agregado que se suma al ya existente por el hecho de que poseyéramos un 14% de paro estructural, con su elevado impacto en las arcas públicas.

Tal y como ha indicado el Banco de España, e incluso la propia AIReF, la deuda pública española, la cual ya se situaba en el 100% del PIB, prevé aumentar, con los efectos derivados de la pandemia, hasta el 122% (Ver tabla 1)[19]. Un crecimiento superior al 22%, que vuelve a dejar a la economía española en una difícil coyuntura para los próximos años, así como con un muy escaso colchón fiscal para abordar nuevas políticas económicas en posibles escenarios futuros de recesión. Tampoco podemos olvidar, en este sentido, nuestro nivel de déficit, el cual, de acuerdo con la situación prevista por el Banco de España, podría rebasar el umbral del 10%[20], llegando a sobrepasar el 11%. Este déficit, en términos absolutos, equivale a 130.000 millones de euros, aunque se relajaría hasta los 110.000 millones cuando los efectos de la pandemia, así como el gasto agregado que esta supone, se disipasen.

Tabla 1. Previsión deuda pública (% de PIB)

Fuente: Banco de España
*De acuerdo con los criterios utilizados en la EPA, los trabajadores afectados por un ERTE y los autónomos en cese de actividad siguen considerados, a efectos de la definición de la tasa de paro, como ocupados (aunque no lo sean en sentido estricto desde el punto de vista de su contribución a la producción mientras permanezcan en esa situación).
Conclusión

Debemos tomar conciencia de todas las medidas que se están implementando, así como del coste que suponen. La deuda y el déficit son obligaciones que tiene el Estado y que transfiere a la población: en un escenario de nulo crecimiento, la deuda de hoy son los impuestos del mañana. En una coyuntura en la que la presión fiscal se va a incrementar por los nuevos impuestos (con subidas en IRPF, las tasas Covid, Tobin y Google, así como toda la maquinaria fiscal preparada por la coalición de PSOE y Unidas Podemos), debemos mostrarnos muy cautos. No en vano, la libertad de los españoles está en juego, y no por la COVID-19, sino por la hipoteca que el Gobierno pretende dejar a las generaciones venideras.

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[1] Instituto Nacional de Estadística (2020). Tasas de paro por distintos grupos de edad, sexo y comunidad autónoma. Recuperado en https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=4247 (Último acceso, 17 mayo, 2020).

[2] Eurostat

[3] Eurostat

[4] Instituto Nacional de Estadística (2020). Tasas de paro por distintos grupos de edad, sexo y comunidad autónoma. Recuperado en https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=4247 (Último acceso, 17 mayo, 2020).

[5] BBVA Research, (2012). Los efectos de la flexibilidad salarial sobre el crecimiento y el empleo. Madrid: BBVA Research. Recuperado en https://www.bbvaresearch.com/publicaciones/los-efectos-de-la-flexibilidad-salarial-sobre-el-crecimiento-y-el-empleo/ (Último acceso, 17 mayo, 2020).

[6] Instituto Nacional de Estadística (2020). Tasas de paro por distintos grupos de edad, sexo y comunidad autónoma. Recuperado en https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=4247 (Último acceso, 17 mayo, 2020).

[7] Instituto Nacional de Estadística (2020). Tasas de paro por distintos grupos de edad, sexo y comunidad autónoma. Recuperado en https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=4247 (Último acceso, 17 mayo, 2020).

[8] Fondo Monetario Internacional (Octubre, 2019). Informe WEO: Perspectivas de la economía mundial. Washington D.C.: Fondo Monetario Internacional (FMI).

[9] García Solanes, J. (2019). La ley de Okun y las peculiaridades del mercado de trabajo español. Nada es Gratis. Recuperado en https://nadaesgratis.es/admin/la-ley-de-okun-y-las-peculiaridades-
del-mercado-de-trabajo-espanol
(Último acceso, 17 mayo 2020).

[10] Banco de España, (2020). Escenarios macroeconómicos de referencia para la economía española tras el COVID-19. Madrid: Banco de España, p 32.

[11] Cortés, R. (2020). España ha perdido 900.000 empleos desde el inicio del estado de alarma. Cinco Días. Recuperado en https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/04/02/econmia/1585808404_052531.html (Último accesso, 17 mayo 2020).

[12] Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.. Sec. I.

[13] Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (2019). Retrato de la PYME. Madrid: DIRCE. Recuperado en http://www.ipyme.org/ Publicaciones/Retrato-PYME-DIRCE-1-enero-2019.pdf (Último acceso 17 mayo, 2020).

[14] Coll Morales, F. (2020). Coronavirus: El tiempo juega en contra de las empresas que de media solo pueden sobrevivir 57 días sin ingresos en caja. Ok Diario. Recuperado en https://okdiario.com/economia/tiempo-juega-contra-empresas-media-solo-pueden-sobrevivir-57-dias-sin-ingresos-caja-5405877

[15] Abril, I. (2018). Las empresas españolas, a la cola de Europa por liquidez. Expansión. Recuperado en https://www.expansion.com/empresas/2018/07/29/5b5dea0446163f88a08b45d6.html

[16] Gómez, M. V.; De Barrón, I. (2020). El gasto en prestaciones se dispara hasta los 4.512 millones, un 207% más que en 2019. El País. Recuperado en https://elpais.com/economia/2020-05-05/el-gasto-en-prestaciones-se-dispara-hasta-los-4512-millones-un-207-mas-que-en-2019.html

[17] EpData (2020). Número de trabajadores afectados por un ERTE. Recuperado en https://www.epdata.es/numero-trabajdores-afectados-erte/3ffd669a-e2d2-4da6-9419-ec503bdf1bb0 (Último acceso, 17 mayo, 2020).

[18] Roncella, L.; Roncella, A. (2020). ¿Ingreso mínimo vital para la crisis del coronavirus? Fundación Civismo. Recuperado en https://civismo.org/es/un-ingreso-minimo-vital-para-la-crisis-del-coronavirus/

[19] Banco de España, (2020). Escenarios macroeconómicos de referencia para la economía española tras el COVID-19. Madrid: Banco de España, p 32

[20] Banco de España, (2020). Escenarios macroeconómicos de referencia para la economía española tras el COVID-19. Madrid: Banco de España, p 32

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