Una salida en falso
7 de noviembre de 2018
Por admin

La decisión del Tribunal Supremo ratificando la tesis inicial de que el cliente es el que debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en la firma de una hipoteca, no deja de ser una salida en falso jurídica de un problema económico que ya ha provocado una erosión notable del mercado y, lo que es peor, una merma de la seguridad jurídica y de la confianza de los ciudadanos en el funcionamiento de las instituciones.

A corto plazo, la sentencia genera una serie de costes evidentes que van a ser difíciles de gestionar con una opinión pública (y la propia judicatura) dividida y una fuerte presión mediática de los detractores del fallo judicial. En este terreno legal, es probable que surjan nuevos pleitos que puedan llegar como ya ocurrió en su momento con las cláusulas suelo al Tribunal europeo, pero olvidando que de una forma u otra es el cliente quien paga en última instancia el impuesto.

Pero más allá de los costes presentes, es necesario que se establezca una dinámica reformista por dos vías: la primera, una reconfiguración del mercado hipotecario para restablecer la seguridad jurídica que vaya más allá de ciertos retoques proconsumidor que se hicieron en la reciente reforma de la Ley Hipotecaria –en materia de morosidad, tipos máximos y mínimos o mayores obligaciones de información– y otras disposiciones legislativas.

Se destapó hace años el melón del sistema hipotecario sin una clara visión de hacia dónde deberíamos ir y cómo se deberían plantear las reformas a partir de los errores y excesos cometidos durante la época de la burbuja inmobiliaria. Un mercado potente, eficaz y estable como había sido el hipotecario durante 150 años, ha devenido en un caos regulatorio difícil de justificar para los intereses no sólo de los deudores sino también de bancos y organismos supervisores. Aunque este fallo sea beneficioso para los intereses económicos de los bancos, éstos no van a dejar de aplicar de aquí al futuro una prima por riesgo regulatorio a los créditos que conceda. Será la forma en que aplique un criterio de selección adversa que será costoso para el deudor.

Y la segunda, un replanteamiento por parte de la política fiscal del IAJD. Aunque su capacidad recaudatoria es muy reducida –apenas recauda 2.000 millones anuales– lo más importante es la distorsión que introduce y el coste tanto monetario como no monetario para el cliente, siendo el más importante este último, dado que tiene que abonarse de golpe y contribuye al sobreesfuerzo financiero que de media sufre la familia española en edad adulta (un 124,1% de deuda sobre sus ingresos según datos del BCE).

Por lo menos hoy pueden respirar dos actores importantes: uno, la banca y el otro, Hacienda en la persona de las Haciendas autonómicas al tratarse de un impuesto totalmente cedido. Detrás, sin embargo, queda un mercado desgastado y erosionado después de años de continuos litigios que va a ser muy difícil de recomponer. 

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