El empleado medio deja hoy de trabajar para Hacienda
10 de mayo de 2013
Por admin

El 10 de mayo es conocido popularmente por ser el día de la liberación fiscal, esta es la fecha en la que un asalariado ha trabajado lo suficiente para pagar los impuestos de todo un año, según la organización de carácter Think Thank que anualmente elabora este estudio.

Este lunes se cumple la fecha en la que los ciudadanos han ahorrado suficiente dinero como para pagar todos sus impuestos. De acuerdo con este estudio anual, un ciudadano español con una renta media, tardaría 130 días en pagar todos sus impuestos, por lo que tendría que trabajar desde el 1 de enero hasta el 10 de mayo para el Estado.

En el informe se destaca que un trabajador destinaría 54 días al año a pagar el IRPF, 32 por el IVA, 23 por las cotizaciones a la Seguridad Social que salen de la nómina del trabajador, 14 para pagar los impuestos especiales y 7 más a otros impuestos. Julio Pomés, presidente del think tank, ha destacado que este año, el informe incluye un apartado donde se analiza el dinero que paga el empresario por cada trabajador. Un dinero que no aparece en la nómina y que si se incluyera, “el ciudadano medio estaría 183 días trabajando para mantener el Estado, más de medio año”.

La Jefe de Investigación del informe , Cristina Berechet ha hecho hincapié en las diferencias entre las comunidades ascienden hasta a 12 días, por lo que los cántabros acaban pagando 782 euros más que los vascos. El mayor culpable de las diferencias es el IBI, que muchos ayuntamientos, como Santander, han subido para aumentar sus ingresos.

Además, Berechet ha destacado que “al contrario de lo que los políticos nos quieren hacer pensar, el dinero que paga la renta más alta por la Seguridad Social y el IRPF es sólo 8 puntos superior al dinero que paga un mileurista por los mismos tributos”.

También destacan que la renta media española está gravada al mismo nivel que en Suecia o  Finlandia con la única diferencia de que la renta de estos países casi duplica la española.

Andalucía

En el último año, ha aumentado los tipos impositivos para las rentas medias  cuya base liquidable supera los 60.000€ del 21,5% al 23,5% y para las rentas de más de 100.000 hasta el 25,5%. Así, el tipo máximo de gravamen aplicable en Andalucía (el tramo estatal más el autonómico) alcanza el 56%.

Mantiene la aplicación del céntimo sanitario a la venta de combustibles en 2,4 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio con tipos impositivos que van desde 0,24% al 3,03%.

Aragón

Es de las pocas CCAA que mantiene el tipo máximo del IRPF autonómico en el 21,5%, determinando que el tipo de gravamen máximo a la renta se situé en el 52%.

Sigue sin aplicar el céntimo sanitario a la venta de combustibles.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos  tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

Asturias

Aumenta un punto el IRPF para las rentas que superan 70.000 euros hasta el 22,5%, otro para las que superan 90.000 hasta el 25% y medio punto hasta el 25,5% para las de más de 175.000 euros. Tipo máximo de gravamen: 56%.

Aumenta las deducciones autonómicas para las familias numerosas.

Sube el impuesto sobre la venta minorista de hidrocarburos hasta 4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto del patrimonio con tipos impositivos del 0,22% al 3%.

Baleares

Es una de las CCAA que mantiene el tipo máximo del IRPF autonómico en  el 21,5%, de modo que el gravamen más alto a la renta se situé en el 52%. También se apunta al céntimo sanitario aplicando el tipo máximo permitido:  4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando tipos impositivos que  van del 0,2% al 2,5% pero incrementando ligeramente los límites de la base liquidable frente a la tarifa estatal

Comunidad Valenciana

Mantiene sin cambios el tipo máximo del IRPF autonómico que se sitia en el 23,5%, de modo que el gravamen más alto sobre la renta se situé en el 54%.

Sigue aplicando el céntimo sanitario con el recargo máximo de 4,8 céntimos  por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%

Canarias

Aumenta en más de un punto el IRPF para las rentas medias cuya base liquidable supere los 53.407 euros hasta el 22,58%. De este modo el tipo máximo de gravamen se sitúa en el 53,08%.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

Cantabria

No trae novedades en el campo del impuesto sobre la renta. El tipo autonómico se sitúa en el 24,5%, lo cual se traduce en un gravamen máximo sobre  la renta de 55%.

Aplica el céntimo sanitario con el recargo máximo de 4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos  tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

Castilla La Mancha

Es una de las CCAA que mantiene el tipo máximo del IRPF autonómico en  el 21,5%, de modo que el gravamen más alto se situé en el 52%.

Aumenta la aplicación del céntimo sanitario hasta el máximo de 4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%

Castilla y León

Es una de las CCAA que mantiene el tipo máximo del IRPF autonómico en  el 21,5%, de modo que el gravamen más alto se situé en el 52%.

Sigue aplicando el céntimo sanitario con el recargo máximo de 4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

Catalunya

Mantiene los tipos impositivos sobre la renta, cuyo nivel máximo alcanza el 25,5%, de modo que el gravamen conjunto estatal y autonómico llega al 56%.

Aplica el céntimo sanitario de 2,4 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio con unos tipos impositivos que van del 0,21% al 2,75%. No obstante, el mínimo exento en Cataluña es de 500.000 euros, frente a los 700.000 euros que suele ser la norma para las demás CCAA.

Extremadura

Mantiene los tipos impositivos sobre la renta, cuyo nivel máximo alcanza el 24,5%, de modo que el gravamen conjunto estatal y autonómico llega al 55%.

Se apunta también al céntimo sanitario aplicando el tipo máximo permitido:  4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando una tarifa que va del 0,3% al 3,75%.

Galicia

Es una de las CCAA que mantiene el tipo máximo del IRPF autonómico  en el 21,5%, de modo que gravamen conjunto estatal y autonómico llega al 52%.

Aplica el céntimo sanitario hasta un máximo de 2,4 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

La Rioja

La CCAA mantiene el gravamen del IRPF entre el 11,6% y el 21,4%, de modo que el gravamen del conjunto autonómico y estatal se sitúa en el 51,9%.

Sigue sin aplicar el céntimo sanitario a la venta de combustibles.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

Madrid

Madrid mantiene los tipos de gravamen del IRPF entre el 11,6% y el 21,4%, determinando que el tipo máximo de aplicable sobre la renta se situé en el 51,9%.

Mantiene la aplicación del céntimo sanitario a la venta de combustibles pero con el recargo más bajo de todas las CCAA: 1,7 céntimos por litro.

Es la única comunidad autónoma que mantiene la bonificación del 100% en el impuesto sobre el patrimonio. Por lo tanto, los madrileños son los únicos que se salvan de pagar el impuesto.

Murcia

Mantiene los tipos impositivos sobre la renta, cuyo nivel máximo alcanza el 23,5%, de modo que el gravamen conjunto estatal y autonómico llega al 54%.

También se apunta al céntimo sanitario aplicando el tipo máximo permitido: 4,8 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio aplicando la tarifa estatal cuyos tipos impositivos van del 0,2% al 2,5%.

Navarra

Sube las tarifas del IRPF para las bases liquidables que superan 88.000 euros en 0,5 puntos y hasta 3 puntos para las rentas de más de 300.000. El tipo máximo de gravamen alcanza ya el 52%.

Aplica el céntimo sanitario de 2,4 céntimos por litro.

Recupera el impuesto sobre el patrimonio: tipos que van del 0,2% al 2,5%.

No obstante, aplica un límite exento de 311.023 euros, por debajo de los  700.000 euros de las demás CCAA y con una exención de la vivienda habitual de 250.000 euros, por debajo de los 300.000 euros que se aplican en el

País Vasco

La Diputación de Guipúzcoa ha deflactado las tarifas del IRPF de modo que las personas cuyas rentas hayan subido ligeramente no pasen a un tramo impositivo superior. El gravamen máximo se sitúa en el 49%.

Álava y Vizcaya también han deflactado la tarifa del IRPF. El gravamen máximo se sitúa en el 45%.

Las tres aumentan los mínimos personales y familiares, beneficiando al contribuyente. En cambio, limitan las aportaciones a los planes de pensiones privados: 5.000 euros en Guipúzcoa y 6.000 euros en Álava y Vizcaya.

El P.Vasco ha optado por no aplicar el céntimo sanitario a la venta de combustibles.

Guipúzcoa recupera el impuesto sobre el patrimonio (Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas) con unos tipos impositivos que van del 0,25 al 1%. Pero grava los bienes y derechos afectos a actividades económicas y participaciones en determinadas entidades, hasta ahora exentos. Mínimo exento: 700.000 euros y 300.000 euros para la vivienda habitual.

Álava y Vizcaya gravan el patrimonio a tipos que van del 0,2% al 2% y 2,5% respectivamente y además mejoran el mínimo exento hasta los 800.000 euros y 400.000 euros para la vivienda habitual.

Ver la noticia en Te Interesa

 

Publicaciones relacionadas