Delincuentes, pero racionales
24 de mayo de 2018
Por admin

En 2018 se cumplen cincuenta años de la publicación de un trabajo que abrió nuevos campos de investigación en el mundo del derecho, la criminología y la economía . El artículo se titula “Delito y castigo: una aproximación económica”. En él su autor, Gary Becker, aplicó la teoría económica del comportamiento humano a una actividad, cuya racionalidad a menudo se ha puesto en entredicho, la delincuencia. Es muy conocida la historia con la que Becker explicaba de dónde le vino la idea que inspiró este trabajo. Cuando era catedrático en la universidad de Columbia, en Nueva York, llegaba justo de tiempo a un examen y vio un sitio libre para dejar el coche; pero, desgraciadamente, en la acera había una señal de prohibido aparcar. ¿Qué hacer? La puntualidad era muy importante; pero, si era multado por cometer una infracción por dejar el coche en un lugar indebido, tendría que soportar un coste. Ahora bien, ¿qué probabilidad había de que, a esa hora concreta le pusieran la multa? El profesor debió pensar que esa probabilidad era baja y aparcó (y, al parecer, no fue multado). Lo interesante es que Becker se dio cuenta de que esa es la manera de pensar de la mayor parte de los delincuentes; y también –y esto es importante– de las autoridades que luchan contra quienes violan la ley.

Y de aquí salió el famoso artículo. En esencia, lo que viene a decir es que los delincuentes, como todo el mundo, hacen un análisis de costes y beneficios a la hora de decidir si realizan o no una determinada acción. El beneficio viene determinado por lo que esperan conseguir gracias a un delito concreto. Y el coste es la sanción que pueden recibir si son detenidos y condenados. Ahora bien, la probabilidad de que esto ocurra –como en el aparcamiento de Becker– es incierta y el potencial delincuente debe estimarla; y el valor que le atribuya será fundamental en su toma de decisiones. Es decir, el coste al que se enfrenta quien comete un acto ilícito no viene determinado sólo por la sanción que se le puede imponer, sino por la sanción multiplicada por la probabilidad de que aquélla realmente se le aplique.

Esta idea no es, ciertamente, original de Becker. Ya en el siglo XVIII Adam Smith la había formulado con claridad y, algunos años más tarde, Bentham la había utilizado en sus estudios de derecho penal. Pero la hipótesis había permanecido olvidada durante mucho tiempo; y el artículo de 1968 no sólo la rehabilitó, sino que, además, la desarrolló con un aparato analítico mucho más potente, el de la teoría microeconómica moderna.

El modelo de Becker permite, entre otras cosas formular hipótesis interesantes sobre la evolución de determinados comportamientos delictivos. Veamos un ejemplo de actualidad: la corrupción política en España, que ha llevado a no pocos cargos públicos y personajes sociales relevantes a tratar de enriquecerse de forma ilícita. Si se realiza un análisis a posteriori de estas conductas cabe plantear dudas acerca de la racionalidad de algunas de ellas: ¿Tiene sentido realmente que fulano o mengano (ponga el lector nombres y apellidos) –personas con relevancia social y con recursos económicos suficientes para vivir bien sin necesidad de delinquir– hayan terminado como lo han hecho por ganar más dinero? Seguramente, si hubieran podido prever con mayor precisión lo que iba a suceder –y sin olvidar que las funciones de utilidad de las diversas personas son individuales y no comparables entre sí– habrían actuado de otra manera. Ahora bien, las sanciones eran conocidas. Por tanto, lo que parece haberles fallado es la estimación de la probabilidad de ser acusados y condenados. Como hemos visto, la disuasión viene determinada por el producto de la pena por la probabilidad. Y esta probabilidad no es objetiva sino subjetiva, basada en la evaluación individual de los datos disponibles. Por tanto, si alguien estima que la probabilidad de ser condenado es extremadamente baja, la posible sanción no tendrá prácticamente efecto en su conducta. Al realizar su análisis de costes y beneficios, nuestro personaje concluirá, por tanto que los últimos son mucho mayores que los primeros y, si no tiene unos principios morales que se lo impidan, cometerá el delito.

Es razonable pensar que esto es lo que realmente ha sucedido en nuestro país; como lo es también prever, de acuerdo con esta teoría, que la corrupción política disminuirá en España en el futuro. El argumento es simple. De ahora en adelante, aquellos que se planteen aprovecharse de su cargo público para realizar actividades ilegales estimarán de otra manera la probabilidad de ser sancionados. Los datos de los que disponen hoy son diferentes de aquellos que utilizaron los ya condenados o procesados cuando decidieron delinquir. Y el producto de la sanción por la probabilidad estimada disuadirá a muchos potenciales corruptos de cometer actos ilícitos. Pueden ser tipos poco fiables; pero, sin duda, son racionales.

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