El Gobierno español: ¿un caso de prueba para el mecanismo del Estado de Derecho de la UE?
11 de mayo de 2021

Disculpas, no hay ni un ápice de análisis ni de opiniones personales en el post de hoy, sólo hechos. Diez hechos (debidamente referenciados) sobre algunas actuaciones concretas del gobierno español (o de algunos de sus miembros) y el Mecanismo del Estado de Derecho de la Comisión Europea.

1. En 2020 la Comisión Europea estableció un Mecanismo para el Estado de Derecho, un ejercicio anual para dar una visión general y evaluar la situación del Estado de Derecho en cada uno de los 27 Estados miembros. Está estructurado en torno a cuatro pilares: el sistema judicial, el marco anticorrupción, el pluralismo de los medios de comunicación y «otras cuestiones institucionales relacionadas con los controles y equilibrios entre poderes». El primer informe se publicó en septiembre de 2020 y el segundo se espera para septiembre de 2021.

2. El 7 de noviembre de 2019, a tres días de las elecciones generales, el presidente español y candidato del Partido Socialista, Pedro Sánchez, asumió abiertamente en la radio pública española que los fiscales dependen directamente del Gobierno.

Pedro Sánchez pregunta al periodista «¿De quién depende la fiscalía?». El periodista responde «¿del Gobierno?» y Sánchez añade «pues eso». Un par de días después, Pedro Sánchez nombró a su ministra de Justicia como nueva Fiscal General. Dolores Delgado, fiscal de carrera, censurada tres veces por el Congreso de los Diputados como ministra, ha sido nombrada oficialmente Fiscal General el 16 de enero de 2020.

3. En su informe de 2020, la Comisión omite totalmente este episodio. Sólo hace una valoración genérica del proceso de nombramiento del Fiscal General y «ya está».  Por el contrario, la Comisión destacó en su informe de 2020 sobre Polonia que «el hecho de que el Ministro de Justicia sea al mismo tiempo el Fiscal General suscita una especial preocupación en cuanto a la facultad de dar instrucciones en casos individuales y de trasladar a los fiscales». Mientras tanto, el 12 de marzo de 2021, la principal asociación de fiscales españoles criticó abiertamente por cuarta vez consecutiva los nombramientos discrecionales de Delgado en puestos clave y en el órgano de gobierno de la Fiscalía.

4. El 15 de enero, el 23 de abril y el 19 de agosto de 2020, el Consejo General del Poder Judicial español (el órgano de gobierno de los jueces), protestó explícitamente contra los ataques de Pablo Iglesias (vicepresidente del Gobierno español hasta hace dos semanas) y su partido, Podemos. En términos inéditos, y en un plazo de ocho meses, este órgano se sintió obligado a recordar que «la división de poderes es un elemento clave del Estado de Derecho», para expresar su «malestar» y su «absoluta y rotunda discrepancia» contra las declaraciones del vicepresidente Iglesias. Asimismo, hizo un llamamiento a la «responsabilidad institucional para impedir las manipulaciones políticas […] y evitar que se menoscabe la independencia, imparcialidad y profesionalidad de los jueces».

5. En octubre de 2020, el juez que investiga a Pablo Iglesias en el Caso Dina (obstrucción a la justicia, entre otros muchos motivos) pidió oficialmente amparo al Consejo General del Poder Judicial. ¿Por qué razón?  Tras procesar a Iglesias, el juez sufrió una campaña orquestada en medios y redes sociales alentada y amplificada por varios políticos de Podemos «incluidos miembros del Gobierno». Además de la petición de amparo, el juez presentó una denuncia ante la policía y destacó que, en toda su carrera de 42 años, nunca había sufrido ataques de tanta gravedad e intimidaciones de ese tipo.

6. El Consejo del Poder Judicial de España funciona ad interim desde 2018. Según reconoce la Comisión, los nuevos nombramientos están bloqueados debido al estancamiento de las negociaciones entre los dos principales partidos políticos. En España, de hecho, una parte de los miembros de este Consejo es nombrada por el Parlamento por una mayoría de tres quintos. Para sortear el estancamiento, el Gobierno presentó un proyecto de ley para nombrar a los miembros sólo por mayoría absoluta. Hay que tener en cuenta que Polonia recibió duras críticas por nombrar a todos los miembros de su órgano equivalente por mayoría de tres quintos. La Comisión Europea ya expresó su preocupación por el proyecto de ley español.

7. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano que controla el acceso a la información de las administraciones públicas, incluido el Gobierno.  En octubre de 2020 se nombró a un nuevo presidente después de tres años de vacante ante la preocupación por la falta de independencia dada su proximidad al actual Gobierno. Una de sus primeras decisiones ha sido despedir al anterior subdirector general, una de las personas más cualificadas en esa materia en España. Tengan en cuenta que desde 2018, el grado de cumplimiento de las resoluciones del Consejo bajó del 82,1% al 60,4%. Al mismo tiempo, el Gobierno recurrió 28 resoluciones sólo en 2020, entre ellas una sobre Pedro Sánchez utilizando medios de transporte públicos (un avión) para fines privados (la boda de su cuñado y un concierto de The Killers).

8. Desde que un juez decidió seguir investigando a Pablo Iglesias en el caso Dina (véase el punto 5), Podemos lanzó una serie de virulentos ataques ad nominem contra periodistas en las redes sociales y en un «diario» online de su propiedad. Este último publicó titulares con nombres y fotos de periodistas, dirigiéndose así explícitamente a ellos. El vicepresidente Iglesias volvió a referirse nominalmente a los periodistas en la sala de prensa del Gobierno. En esta ocasión, también afirmó que los insultos a la prensa deberían convertirse en algo «natural». Algunos miembros del Gobierno (por ejemplo, la ministra de Igualdad y pareja de Iglesias en la vida privada) insistieron en los ataques nominales. Esta situación llevó a varios de los principales periódicos y asociaciones de prensa a publicar editoriales inéditos denunciando las prácticas intimidatorias de la vicepresidenta.

9. Los hechos denunciados en los puntos 2, 3 (hasta cierto punto), y 4 no fueron recogidos en el informe sobre el Estado de Derecho de 2020, a pesar de que se produjeron durante el periodo de referencia.

10. Los hechos denunciados en los puntos 4 (en gran medida), 5, 6, 7 y 8 se produjeron después del periodo de recopilación de hechos de 2020. Por lo tanto, podrían ser reportados en el capítulo de país de 2021. O no.  

Este artículo fue publicado originalmente en el Mathias Corvinus Collegium.

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